El Programa Escuelas Abiertas en Verano, que se implementará
en el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de enero de 2025.
Objetivos:
● Garantizar el derecho al acceso a la educación, recreación
y alimentación
durante el período estival.
● Sostener la inclusión social y educativa en propuestas
pedagógicas deportivas,
artísticas y recreativas predominantemente al aire libre.
● Proponer actividades artísticas, acuáticas, lúdicas y
deportivas que se constituyan
en un espacio valioso de encuentro con otras/os.
● Desarrollar actividades que posibiliten promover el cuidado
de la salud, la
interacción con otras/os, la concientización sobre la
problemática ambiental y el
abordaje de contenidos tendientes al desarrollo de una
educación integral.
Las y los responsables directos de las prácticas pedagógicas
territoriales
(coordinadoras/es, directoras/es, personal docente), se
constituyen en garantes de la
implementación de este programa. En este sentido, las
Direcciones docentes
responsables, serán las encargadas de brindar los
lineamientos pedagógicos específicos para orientar las propuestas de cada sede.
Destinatarios/as:
El programa
está destinado a niños y niñas en edad escolar (desde los 3 años
cumplidos).
Podrán participar estudiantes de la modalidad de Educación Especial y
Contextos de
Encierro.
Las
actividades se desarrollarán desde el jueves 2 al viernes 31 de enero 2025, de
lunes a viernes, en jornadas de 4 horas diarias en turno mañana o turno tarde/vespertino.
Cronograma de acciones
FECHAS
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ACCIONES
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22/11 al
25/11
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●
Elaboración del proyecto Distrital con la propuesta de las sedes.
Responsable: Inspector/a Jefe Distrital.
●
Difusión del Programa Escuelas Abiertas en Verano en los Distritos de la provincia de Buenos Aires.
●
Inicio de Pre inscripción de niñas y niños que participarán del Programa, a cargo del equipo Directivo de cada escuela.
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26/11 al
27/11
|
●
Fin de Pre inscripción de
niñas y niños
que participarán del Programa, a cargo del
equipo Directivo de cada escuela.
●
Presentación del Proyecto de Coordinación
Pedagógica por los aspirantes a la cobertura del cargo de Coordinador Distrital.
●
Constitución de la Comisión Evaluadora para la selección de la Coordinación Distrital
y conformación del listado
por orden de mérito.
|
28/11 al
29/11
|
●
Estudio, Aval y Convalidación del Proyecto de Coordinación técnico pedagógica en
la Unidad
Educativa
de Gestión Distrital, con las sedes propuestas (Jefatura de Región
y Distrito).
●
Aprobación del Proyecto Distrital y remisión a la Unidad Educativa de Gestión Provincial.
●
Convocatoria de los/as
Coordinadores/as Distritales Seleccionadas. (desde el día que sean confirmados hasta
la fecha de inicio del programa).
|
a
partir del 9/12
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●
Habilitación de los cargos docentes y no docentes a designar por el período comprendido
entre el 2/1 y el 31/1/25.
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2/1/25
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●
Inicio del Programa
Escuelas Abiertas en Verano.
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27 al 31/1
|
·
Período de Cierre del Regional y/oProvincial.
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Programa
|
a
|
Nive
|
Distrital,
|
Equipos
Docentes:
● Se
realizará la cobertura de los equipos docentes en base al Proyecto elaborado
por la
Jefatura Distrital, el que deberá contar con la aprobación de la Dirección de
Ámbitos de
Desarrollo de la Educación.
● Se
propiciará la cobertura por período completo, desde el 2 de enero hasta el 31
de enero de
2025, a los efectos de alcanzar la continuidad del proyecto distrital e
institucional
(coordinadores/as, directores/as, docentes y guardavidas).
● En
ningún caso se podrá designar docentes con cambio de funciones (tareas
pasivas),
con licencia, recalificados por A.R.T., presumariados y/o sumariados.
● Si
existiere disminución de matrícula o una designación que no correspondiere, se
procederá al
cese del o la docente designado/a en último término.
● Las y los
docentes que incurran en más de dos (2) días de inasistencias
mensuales,
cesarán en su cargo, excepto por accidente de trabajo y/o trastornos de embarazo
debidamente justificados.
DIRECTORES/AS
DE SEDE
Funciones:
● Organizar
administrativamente la Sede y el uso de espacios para el desarrollo
de las
actividades.
● Articular
las acciones planificadas por cada Sede y los organismos del Distrito
que
participan en el Programa.
● Realizar
el seguimiento, asesoramiento y supervisión del desarrollo del Programa en la
Sede que tiene a su cargo.
● Informar a
los/as coordinadores/as distritales lo referido a la implementación de
la
propuesta.
●
Cumplimentar las acciones administrativas, requeridas para el cobro de haberes
de los/as docentes y auxiliares que participan del Programa.
●
Confeccionar, rubricar y elevar las planillas de prestación de servicios del
personal que
se desempeña en la sede (Docentes y no docentes).
Cobertura
del cargo
En cada Sede se designará un (1) Director/a, el/la que será seleccionado/a de los/as
docentes titulares y los/as docentes con funciones jerárquicas transitorias del
establecimiento sede, de acuerdo a las siguientes prioridades:
a) Director/a del Establecimiento.
b) Vicedirector/a del Establecimiento.
c) Regente del Establecimiento.
d) Secretario/a del Establecimiento.
e) Prosecretario/a del Establecimiento.
Si no se cubriera el cargo en función de los criterios anteriores, se ofrecerá por puntaje
docente titular o puntaje de Ingreso a la Docencia, según el siguiente orden:
a. Docentes Titulares de establecimientos Sede.
b. Docentes Provisionales del establecimiento Sede.
c. Docentes Suplentes del establecimiento Sede.
NOTA: La SAD de cada Distrito será la responsable de convalidar la designación del
personal que cumplirá las funciones de Director/a de sede, en base al listado de
propuestas seleccionadas en las condiciones antes definidas. Dicho listado será
elaborado por la Coordinación Distrital y contará con la aprobación por parte de la
Jefatura de Distrito.
En el caso de no poder realizarse la cobertura de acuerdo a las prioridades antes
establecidas, la Jefatura Distrital conjuntamente con la SAD convocará a Acto Público y
se procederá a la designación según el siguiente orden de prelación:
Aspirantes de los listados habilitados para la cobertura de cargos jerárquicos transitorios
en el siguiente orden:
- Listado para la Cobertura de cargos Directivos del nivel de Educación Primaria.
- Listado para la Cobertura de cargos Directivos del nivel de Educación Secundaria.
- Listado para la Cobertura de cargos Directivos del nivel de Educación Inicial.
En caso de continuar con la necesidad de cobertura se deberá realizar la misma por
Acto Público Digital según se detalla:
a. Aspirantes del listado de ingreso a la docencia 2024, en el siguiente orden:
- Listados para cobertura de cargos de Maestro/a de Grado de Educación Primaria.
- Listado para la cobertura de Maestros/as de Educación Inicial.
- Listados para las coberturas del Nivel de Educación Secundaria en el siguiente
orden:
i. Profesoras/es de Prácticas del lenguaje y literatura
ii. Profesoras/es de Matemática.
iii. Profesoras/es de Ciencias Sociales y Profesoras/es de Ciencias
Naturales.
b. Aspirantes del listado 108 A y 108 A in fine 2024, en el siguiente orden:
- Listados para coberturas de cargos de Maestro/a de Grado de Educación
Primaria.
- Listado para la cobertura de Maestros/a de Educación Inicial.
La Subsecretaría de Educación podrá ampliar los perfiles para cobertura de los cargos
en caso de ser necesario según las propuestas del programa.
DOCENTES
Funciones:
● Llevarán
adelante las propuestas pedagógicas enmarcadas en el Programa.
● Realizarán
el seguimiento del grupo a cargo.
●
Participarán de la planificación de actividades.
● Elaborarán
los informes requeridos.
Cobertura
del cargo:
En cada Sede se designará al personal docente necesario que garantice el desarrollo
del Programa, de acuerdo a la matrícula asistente.
Se designará un docente por cada grupo de hasta treinta y nueve (39) estudiantes
matriculados. En las propuestas con actividades acuáticas, se establecerá la relación
docente /alumno/a según la normativa vigente en la materia.
Para la cobertura del cargo docente se tendrá en cuenta el siguiente orden de
prioridades (Educación Física, Educación Artística, Educación Inicial, Educación
Primaria, Educación Secundaria, Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, Educación
Especial):.
a) Personal docente titular del establecimiento Sede.
b) Personal docente provisional del establecimiento Sede.
c) Docentes suplentes del establecimiento Sede.
En los apartados antes consignados, la prioridad se establecerá por puntaje docente
Titular o Puntaje de ingreso a la Docencia según corresponda.
NOTA: La SAD de cada Distrito será la responsable de convalidar la designación del
personal que cumplirá las funciones de docentes de sede, en base al listado de
propuestas seleccionadas en las condiciones antes definidas, el que será aportado por
la Coordinación Distrital y contará con la aprobación por parte de la Jefatura de Distrito.
En caso de no poder realizarse la cobertura de acuerdo a las prioridades establecidas, la
Secretaría de Asuntos Docentes, convocará a acto público digital y se procederá a la
designación utilizando los listados vigentes (Oficial, 108 A, 108 A INFINE, 108 B, 108 B
INFINE y Emergencia) según las siguientes prioridades:
1. Docentes de Educación Física para los niveles de Educación Primaria,
Educación Secundaria y Educación Inicial.
2. Docentes de Educación Artística para los Niveles de Educación Primaria,
Educación Secundaria y Educación Inicial.
3. Docentes habilitados para la cobertura de cargos de Maestro/a en Educación
Primaria.
4. Docentes de Educación Secundaria:
i. Profesoras/es de Prácticas del lenguaje, Literatura.
ii. Profesoras/es de Matemática.
iii. Profesoras/es de Ciencias Sociales y Profesoras/es de Ciencias Naturales.
5. Docentes habilitados para la cobertura de cargos de Maestro/a de Educación
Inicial.
6. Docentes de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social para la cobertura de
equipos de distrito, Educación de Primaria, Educación Secundaria y Educación Inicial.
DOCENTES DE LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN ESPECIAL
La Unidad Educativa de Gestión Provincial autorizará las coberturas de docentes de la
modalidad de educación especial en función de las necesidades y matrícula informada
por la Jefatura de cada Distrito. Autorizada la cobertura por parte de la UEGP, la
Dirección de Asuntos Docentes informará la aprobación a la Secretaría de Asuntos
Docentes del distrito correspondiente y se procederá a la realización del acto público.
Los/as profesoras de Educación Especial serán designados por Acto Público Digital.
Para los Actos Públicos se utilizarán los Listados Oficiales y según corresponda, los
restantes listados en el siguiente orden: (a) Listado de Ingreso a la Docencia; (b)
Listado 108 A; (c) Listado 108 A in fine; (d) Listado 108 B; (e) Listado 108 B in fine; (f)
Listado de Emergencia todos vigentes.
1-4
GUARDAVIDAS
Funciones:
● Formar
parte del Proyecto Institucional, acompañando la implementación, seguimiento y
evaluación del mismo.
● Verificar
las condiciones del lugar donde se desarrolla la actividad.
● Permanecer
en el lugar donde se desarrolle la actividad acuática, desde el comienzo hasta
la finalización y retiro del personal docente y estudiantes.
● Realizar
tareas de prevención y cuidado de las/os asistentes.
● Brindar
atención profesional para el auxilio de las personas que lo requieran.
● Colaborar
en las propuestas pedagógicas que solicite el personal a cargo de la Sede
cuando no se
desarrollen actividades acuáticas por diversas causas.
Cobertura
del cargo:
Los/as guardavidas serán designados por Acto Público Digital para ello se habilitará un
Listado de Emergencia. A tales efectos, la Secretaría de Asuntos Docentes convocará y
evaluará los antecedentes de los aspirantes, para proceder a la elaboración del Listado
según las siguientes pautas:
(a) Profesor/a de Educación Física con título de Guardavidas;
(b) Docente con título de Guardavidas;
(c) Estudiante regular de Educación Física con título de Guardavidas; (d) Guardavidas.
En los casos de paridad para el cargo que aspira, se establecerá en el marco del orden
excluyente que se indica a continuación:
En los puntos a) y b).
1. Mayor puntaje por antigüedad en el sistema educativo
2. Mayor valor de título docente.
3. Mayor promedio de título.
En el punto c).
1. Alumnos/as regulares con el 75% o más de materias aprobadas.
2. Alumnos/as regulares con el 50% o más de materias aprobadas.
En todos los casos el aspirante deberá contar con Libreta de Guardavidas y la Prueba
Anual de Suficiencia del Año 2024, según DISPO-2024-1-GDEBA-COMPGMSGP.
D- Remuneración:
El personal docente que desarrolle actividades en el marco del Programa EAV 2025,
percibirá la suma fija, no remunerativa y no bonificable, según la función y carga horaria
que desempeñe, conforme el siguiente detalle:
Función
|
Carga horaria
semanal
|
Monto del total
del programa
|
Coordinador/a Distrital
|
45 horas
|
$1.360.000
|
Director/a de sede doble
turno
|
45 horas
|
$1.110.000
|
Director/a de sede de un turno
|
22.5 horas
|
$555.000
|
Coordinador/a de predio doble
turno
|
45 horas
|
$1.110.000
|
Coordinador/a de predio de un turno
|
22.5 horas
|
$555.000
|
Docente
|
20 horas
|
$475.000
|
Guardavidas
|
20 horas
|
$475.000
|
Aquellos/as docentes que al momento de su designación no posean relación laboral con
la DGCYE percibirán dicha suma fija, según la función y carga horaria que desempeñen
en concepto de Bonificación Remunerativa No Bonificable y Bonificación No
Remunerativa No Bonificable por los mismos Importes Netos establecidos en el cuadro
precedente.
Links de
acceso a resolución y anexos 👇 (SE SOLICITA LEER CON ATENCIÓN)
📁RSC-2024-41912303-GDEBA-DGCYE EAV2025
IF-2024-40230762-GDEBA-DEFDGCYE ANEXO I EAV 2025
IF-2024-41549662-GDEBA-DEFDGCYE ANEXO II EAV 2025
IF-2024-40249471-GDEBA-DADEDDGCYE ANEXO III EAV 2025
IF-2024-40302407-GDEBA-DPGRHDGCYE ANEXO IV EAV 2025