Secretaría de Asuntos Docentes de Pehuajó, informa sobre Solicitud Servicios Provisorios (Art. 103 Ley 10579)
El personal docente titular que solicite SERVICIO PROVISORIO deberá presentar la documentación requerida completa y ser enviada únicamente a la dirección de email habilitada a esos efectos.
Las razones y la documentación para los Servicios Provisorios se encuentran detalladas y especificadas en la Disposición Nº 52/18.
Una vez concedido el servicio provisorio, por el organismo correspondiente, al docente se le dará destino cumplimentando el Acta de Propuesta de Destino, de acuerdo a lo pautado por el Estatuto del Docente (Art. 101 a 106), según el siguiente orden de prioridades:
Sobre una vacante real
Sobre una vacante por extensión
Por incumbencia de Título
Una vez asignado el destino, el docente deberá realizar la Toma de Posesión en el o los Servicios Educativos correspondientes..
⚠️ ¡¡MUY IMPORTANTE!!
Se recibirá un juego completo en 2 (dos) archivos PDF desde el correo OFICIAL @abc del docente a:
servicioprovisoriosad079@gmail.com
PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR EL DOCENTE
Primer archivo: ANEXO 2 (formulario de SERVICIO PROVISORIO) colocar: NOMBRE Y APELLIDO
Segundo archivo: DOCUMENTACIÓN ( documentación según las razones que se encuentran detallados en la Disposición N° 52/18, se presentará foliada según detalle a continuación)
Folio 2: Nota de eleve, dirigida a la SAD para elevar a quien corresponda teniendo en cuenta el causal por las que solicita el servicio provisorio
Folio 3: DNI
Folio 4: Constancia, etc. que avalen la solicitud.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA:
UNIDAD FAMILIAR:
FORMULARIO SERVICIO PROVISORIO – Anexo 2
Nota explicativa.
DNI del titular y grupo familiar.
Certificado de Matrimonio o Certificación de convivencia
Certificados de nacimiento de hijos
Toma de posesión del o los cargos que solicita
Constancia de transporte (Periodo de validez por 30 días).
POR INCOMPATIBILIDAD:
FORMULARIO SERVICIO PROVISORIO – Anexo 2
Nota explicativa. Con fundamento
DNI del titular.
Toma de posesión de los cargos que generan incompatibilidad
Declaración Jurada (.Debe resaltar los servicios educativos que se le genera la incompatibilidad horaria )
Acta de los servicios educativos, donde el Director explique que no puede cambiar los horarios.
POR FALLECIMIENTO- POR DIVORCIO:
Fallecimiento de un familiar en primer grado o por separación legal o de hecho el docente manifieste su voluntad de trasladarse
FORMULARIO SERVICIO PROVISORIO – Anexo 2
Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición
Fotocopia de DNI
Certificado de defunción
Acta de toma de posesión como titular en el o los establecimiento
Certificados que acrediten los vínculos (matrimonio o nacimiento )
-Documentación emanada de autoridad competente que acredite el divorcio vincular y/o la separación de hecho. Para cualquiera de las dos causales que el docente invocare mencionada en el presente ítem, el solicitante deberá demostrar el perjuicio ocasionado y que motiva su petición. En tal caso además de la documental mencionada el docente deberá aportar la documental propia según las razones invocada
VIOLENCIA FAMILIAR y/o VIOLENCIA CONTRA LA MUJER:
Anexo 2 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada.
Nota explicativa del/de la docente de las causas que motivan su petición
Se deberá presentar la documentación respaldatoria que acredite denuncia por violencia contra la mujer. En este sentido la presentación que acredite la denuncia efectuada ante organismos competentes conforme lo establecido en el marco de las Leyes N° 12569 y N° 26485 constituirá documental suficiente a los efectos de la probanza de la causal invocada.
En los casos contemplados en este acápite, la solicitud podrá presentarse en cualquier momento del año, en atención a la preservación de la integridad psicofísica de la persona que resulta afectada. En todos los casos fuera de término, la solicitud del servicio provisorio tramitará como medida excepcional, cuyo otorgamiento será evaluado por la Subsecretaría de Educación, previo aconseje del Tribunal Central correspondiente.
👉DURACIÓN DEL SERVICIO PROVISORIO
En orden a garantizar la continuidad pedagógica para todas y todos los
estudiantes de las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades
y en atención a la medida que se toma año tras año sobre la vigencia de los
Servicios Provisorios, se establece como fecha límite el último día del curso
escolar, es decir, 28 o 29 de febrero de cada año calendario.